El proceso en dos pasos al vender siendo no residente

Paso 1 — Obligación del comprador (Modelo 211)

El comprador retiene el 3% del precio bruto de compraventa en el momento del cierre e ingresa ese importe en la AEAT mediante el Modelo 211 en el plazo de 30 días desde la fecha de la escritura. Es un pago a cuenta del IRNR del vendedor.

Paso 2 — Obligación del vendedor (Modelo 210)

El vendedor debe presentar el Modelo 210 (variante de ganancia patrimonial) en el plazo de aproximadamente 4 meses desde la fecha de la escritura (específicamente: 3 meses tras el plazo de 30 días del comprador = aproximadamente 4 meses en total).

CRÍTICO: Si el Modelo 210 NO se presenta dentro del plazo, la AEAT retiene el 3% íntegro de forma definitiva, sin ninguna obligación de devolverlo. Este es uno de los errores más costosos de los vendedores no residentes.

Tipos del impuesto sobre la ganancia patrimonial 2026

País de residencia Tipo aplicable
Residentes en la UE (Alemania, Francia, Países Bajos, Italia, etc.) 19%
Residentes EEE no UE (Noruega, Islandia) 19%
Residentes en el Reino Unido (post-Brexit) 24%
Residentes en EE.UU., Canadá, Australia, Israel, Suiza 24%
Todos los demás países no UE 24%

Lista completa de gastos deducibles

Gasto ¿Deducible? Notas
ITP / IVA+AJD pagado en la compra Aumenta el valor de adquisición
Notaría en la compra Aumenta el valor de adquisición
Registro de la Propiedad en la compra Aumenta el valor de adquisición
Honorarios de abogado en la compra Aumenta el valor de adquisición
Obras de mejora (cocina, ampliación, piscina) REQUIERE: facturas oficiales + licencia de obras si procede
Comisión de agencia en la compra Aumenta el valor de adquisición
Notaría en la venta SÍ (del valor de transmisión) Reduce el valor de transmisión
Registro en la venta SÍ (del valor de transmisión) Reduce el valor de transmisión
Honorarios de abogado en la venta SÍ (del valor de transmisión) Reduce el valor de transmisión
Comisión de agencia en la venta SÍ (del valor de transmisión) Reduce el valor de transmisión
Mantenimiento ordinario (pintura, limpieza) NO No tiene carácter de mejora de capital
Obras pagadas sin factura NO La AEAT no acepta pagos sin factura
Facturas de contratistas extranjeros NO Deben ser facturas españolas con CIF válido

Déjanos gestionar tu venta en España

  • Cálculo completo de la ganancia patrimonial — todos los gastos deducibles identificados y reclamados
  • Preparación y presentación del Modelo 210 ante la AEAT dentro del plazo de 4 meses
  • Seguimiento de devoluciones y comunicación con la AEAT en tu nombre
  • Cálculo y coordinación de la Plusvalía Municipal con el comprador
  • Revisión de documentación previa a la venta — reunir todas las facturas y documentos de compra antes del cierre
  • Análisis de doble imposición con tu país de residencia (Reino Unido, EE.UU., Alemania, Francia, etc.)
  • Regularización del Modelo 210 de ejercicios anteriores

Contacta con Lextax antes de tu venta