¿Por qué es importante la Ley 5/2025?

España continúa atrayendo a personas de todas partes por su estilo de vida mediterráneo, y la Comunidad Valenciana se mantiene como uno de los destinos más destacados. Sin embargo, no comprender las reformas fiscales regionales puede derivar en obligaciones inesperadas. La Ley 5/2025 redefine la gestión de impuestos clave en Valencia, por lo que planificar con antelación es ahora más importante que nunca.

La Comunidad Valenciana ofrece una calidad de vida excepcional bajo el sol mediterráneo. Pero a partir del 1 de junio de 2025, la nueva Ley 5/2025, de 30 de mayo, introduce cambios fiscales relevantes que tanto residentes como no residentes deben conocer.

Esta legislación busca ajustar el marco fiscal de la región. Aunque algunas medidas pueden resultar beneficiosas, otras exigirán una planificación financiera estratégica. A continuación, analizamos los principales cambios que podrían influir en tu situación personal.

Cambios fiscales clave introducidos por la Ley 5/2025

La nueva ley afecta a impuestos clave como el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Esto es lo que cambia:

Tipo de impuesto Cambios Entrada en vigor
Impuesto sobre el Patrimonio (IP) Mínimo exento elevado a 1.000.000 € para residentes fiscales 31 dic. 2025
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) Reducción del 25–50% para hermanos, tíos/as, sobrinos/as 1 jun. 2026 / 1 jun. 2027
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITPO) Tipo general reducido del 10% al 9% 1 jun. 2026
Actos Jurídicos Documentados (AJD) Tipo general reducido del 1,5% al 1,4% 1 jun. 2026

1. Impuesto sobre el Patrimonio (IP) en Valencia

Este es uno de los cambios más relevantes para quienes tienen patrimonios elevados en la Comunidad Valenciana.

  • Mínimo exento ampliado: Para los residentes fiscales en la Comunidad Valenciana, el mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio se duplicará, pasando de 500.000 € a 1.000.000 €.
  • ¿Cuándo se aplica? Este cambio será aplicable a partir del devengo del impuesto correspondiente al 31 de diciembre de 2025, es decir, afectará a la declaración del ejercicio fiscal 2025 (a presentar en 2026).
  • ¿A quién beneficia? Si eres residente fiscal en Valencia y tu patrimonio global se sitúa por debajo de 1.000.000 € (teniendo en cuenta las exenciones), podrías quedar exento de este impuesto en la región.
  • No residentes: tributan únicamente por los bienes situados en España, aplicando la exención estatal de 700.000 €. Por tanto, esta medida favorece principalmente a quienes tienen residencia fiscal en la Comunidad Valenciana.

2. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

Este impuesto presenta modificaciones relevantes, especialmente en las transmisiones entre familiares no directos.

  • Nueva bonificación para familiares del Grupo III: La Ley 5/2025 introduce una bonificación autonómica para herencias y donaciones entre hermanos, tíos/as y sobrinos/as.
  • Aplicación progresiva:
    • A partir del 1 de junio de 2026: bonificación del 25%.
    • A partir del 1 de junio de 2027: la bonificación aumenta al 50%.
  • Se mantienen las bonificaciones existentes: La bonificación del 99% para familiares directos (cónyuges, hijos, padres) sigue plenamente vigente para residentes fiscales en la Comunidad Valenciana.

3. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITPO) y Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Estos impuestos son relevantes al comprar una propiedad en la Comunidad Valenciana.

  • Reducción del tipo general del ITPO: Se reduce del 10% al 9%.
    • ¿Cuándo se aplica? Aplicable desde el 1 de junio de 2026.
    • Excepción importante: Se mantiene el tipo del 11% para transmisiones de inmuebles superiores a 1.000.000 €.
  • Reducción del tipo general del AJD: El tipo general baja del 1,5% al 1,4%, desde el 1 de junio de 2026.

Preguntas frecuentes sobre la Ley 5/2025

Aquí respondemos algunas de las dudas más comunes sobre estas nuevas normas fiscales.

¿La nueva exención de 1.000.000 € en el Impuesto sobre el Patrimonio aplica si no soy residente?

No. Esta exención es un beneficio regional exclusivo para residentes fiscales en la Comunidad Valenciana. Los no residentes con bienes en España se acogen a la exención estatal de 700.000 €.

Voy a comprar una casa en Valencia en 2025. ¿Pagaré el nuevo impuesto reducido del 9% (ITPO)?

No. La reducción del ITPO al 9% solo aplica para compras realizadas a partir del 1 de junio de 2026. Las compras antes de esa fecha tributan al tipo actual del 10%.

¿Se ha eliminado la bonificación del 99% en herencias entre cónyuges e hijos?

En absoluto. La bonificación del 99% para familiares directos (cónyuges, hijos, padres) sigue plenamente vigente para residentes. La nueva ley simplemente añade beneficios para hermanos y sobrinos sin eliminar los ya existentes.

Mi vivienda habitual vale 400.000 €. ¿Cuenta para el límite de 1.000.000 € del Impuesto sobre el Patrimonio?

Depende. Para residentes fiscales, la vivienda habitual está exenta hasta 300.000 €. En tu caso, solo 100.000 € (400.000 € – 300.000 €) se computarían, lo que significa que podrías tener hasta 900.000 € adicionales antes de tributar.

¿Debo tomar medidas inmediatas respecto a estos cambios?

Aunque algunos cambios no son inmediatos, ahora es el momento ideal para planificar estratégicamente. Revisar tu testamento, tu estructura patrimonial o las futuras compras de vivienda puede suponer un ahorro fiscal importante.

¿Estos cambios afectan a cómo debo redactar mi testamento en España?

Posiblemente. Si eres residente en Valencia y planeas dejar bienes a familiares indirectos (hermanos, sobrinos), vale la pena revisar tu testamento con un experto legal para aplicar las nuevas reducciones fiscales.

¿Debo esperar hasta 2026 para comprar una propiedad en Valencia?

Depende. Aunque la reducción del ITPO entra en vigor en junio de 2026, factores como el mercado inmobiliario o tus necesidades personales pueden tener más peso. Se recomienda un análisis personalizado.

¿Y qué pasa con los no residentes?

Es importante tener en cuenta que la Ley 5/2025 regula principalmente los impuestos aplicables a los residentes fiscales en la Comunidad Valenciana. Los no residentes, en cambio, se rigen por la legislación estatal (Impuesto sobre la Renta de No Residentes – IRNR), que suele ser menos favorable que las bonificaciones autonómicas.

Próximos pasos si resides o tienes intereses fiscales en Valencia: asesores de confianza en Lextax

  1. Confirma tu situación fiscal: Determinar si eres residente o no residente fiscal es el primer paso fundamental.
  2. Revisa tu situación financiera: Evalúa tus activos e ingresos, tanto en España como en el extranjero, para comprender el impacto real de estos cambios.
  3. Consulta con un profesional: Dada la complejidad de la normativa y su aplicación gradual, es esencial contar con asesoramiento experto. En Lextax, nuestro equipo de abogados y asesores fiscales está especializado en fiscalidad española e internacional, ofreciendo soluciones a medida para garantizar el cumplimiento normativo y optimizar tu planificación fiscal.

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