Plazo del Modelo 210: explicado con precisión
En la práctica: Escritura firmada: Día 0. Plazo del Modelo 211 (comprador): Día 30. Plazo del Modelo 210 (vendedor): Día 30 + 3 meses = aproximadamente Día 120 (~4 meses desde la escritura).
Ejemplo: Escritura firmada el 15 de marzo de 2026 → Modelo 211 (comprador): antes del 14 de abril de 2026 → Modelo 210 (vendedor): antes del 14 de julio de 2026.
Es un plazo absoluto. No hay prórrogas. No hay período de gracia. Presentar un día tarde significa que la AEAT puede quedarse con el 3% íntegro sin obligación de devolverlo.
Los tres resultados posibles
Resultado 1: Impuesto real < 3% retenido → DEVOLUCIÓN
El caso más habitual para propietarios a largo plazo con ganancia moderada.
- Precio de venta: 300.000 €
- Retención 3% (Modelo 211): 9.000 €
- Ganancia patrimonial real tras deducciones: 25.000 €
- IRNR al 24% (propietario UK): 25.000 € × 24% = 6.000 €
Resultado: Impuesto real (6.000 €) < Retención (9.000 €) → LA AEAT DEVUELVE 3.000 €.
Resultado 2: Impuesto real > 3% retenido → PAGAR SALDO
Ocurre cuando el inmueble ha subido significativamente de valor.
- Precio de venta: 350.000 €
- Retención 3%: 10.500 €
- Ganancia patrimonial real: 70.000 €
- IRNR al 19% (propietario alemán): 70.000 € × 19% = 13.300 €
Resultado: Impuesto real (13.300 €) > Retención (10.500 €) → EL VENDEDOR PAGA SALDO de 2.800 €.
Resultado 3: Sin ganancia (pérdida en la venta) → DEVOLUCIÓN ÍNTEGRA del 3%
- Precio de adquisición original (2008): 280.000 €
- ITP + costes de compra: 30.000 €
- Obras de reforma con facturas: 20.000 €
- Valor de adquisición total: 330.000 €
- Precio de venta 2026: 310.000 € (venta con pérdida)
Resultado: Cero impuesto → LA AEAT DEVUELVE EL 3% ÍNTEGRO (9.300 € sobre 310.000 €).
AVISO: Muchos vendedores que venden con pérdida asumen que no tienen nada que declarar y no presentan el Modelo 210. Esto es un error costoso — sin la presentación, el 3% se pierde definitivamente.
Cómo recuperar la retención del 3%: paso a paso
1. Obtener el «ejemplar para el transmitente» del Modelo 211
En el momento de la firma, el comprador debe entregarte una copia del Modelo 211 sellada por la entidad bancaria. Es tu justificante de que el 3% fue ingresado. SIN ESTE DOCUMENTO no puedes presentar el Modelo 210.
2. Calcular tu ganancia patrimonial real
Reunir toda la documentación de compra (escritura, recibo de ITP, notaría, abogado, facturas de reforma) y de venta (escritura de venta, comisión de agencia, abogado). Calcular: Valor de transmisión − Valor de adquisición = Ganancia (o Pérdida).
3. Presentar el Modelo 210 en el plazo de ~4 meses
NO esperes. El plazo corre desde la fecha de la escritura notarial. Perder este plazo = perder el 3% definitivamente.
4. Indicar tu IBAN en el Modelo 210
Para devoluciones, la AEAT abona directamente en la cuenta indicada en el Modelo 210.
5. Esperar la resolución de la AEAT
Las devoluciones tardan normalmente entre 3 y 9 meses. Lextax hace el seguimiento y responde a cualquier requerimiento de la AEAT en tu nombre.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Modelo 211 y cuándo debe presentarse?
El Modelo 211 es el formulario de la AEAT que utiliza el comprador para declarar e ingresar la retención del 3% al adquirir un inmueble a un vendedor no residente. Debe presentarse en los 30 días siguientes a la escritura.
¿Puedo recuperar el 3% si vendo con pérdida?
Sí — si tus costes de adquisición superan el precio de venta, no hay ganancia patrimonial y puedes recuperar el 3% íntegro. Debes presentar el Modelo 210 en el plazo de ~4 meses. La AEAT no lo devuelve automáticamente.
¿Qué documento necesito para recuperar el 3%?
El «ejemplar para el transmitente» del Modelo 211 que el comprador debe entregarte en la firma. Acredita que el 3% fue ingresado en la AEAT y es imprescindible para presentar el Modelo 210.
¿Cuánto tarda la devolución del 3%?
Normalmente entre 3 y 9 meses tras la presentación del Modelo 210. La AEAT puede solicitar documentación adicional. Lextax hace el seguimiento y responde a cualquier requerimiento.
¿Se aplica el 3% incluso si vendo con pérdida?
Sí — el comprador debe retener SIEMPRE el 3%, con independencia de si el vendedor prevé ganancia o pérdida. El vendedor recupera el importe a través del Modelo 210.
Recupera tu retención del 3% con Lextax
- Preparación del Modelo 210 por ganancia patrimonial — todos los gastos deducibles identificados para maximizar tu devolución
- Presentación ante la AEAT dentro del plazo de 4 meses
- Obtención del ejemplar del Modelo 211 si el comprador no te lo entregó
- Seguimiento de la devolución y comunicación con la AEAT en tu nombre
- Análisis de la pérdida en la venta — confirmamos si puedes reclamar la devolución íntegra del 3%